Cómo incorporar nuevos socios a una sociedad

Si ya tienes decidido incorporar un nuevo socio a tu sociedad, hay una serie de pasos a tener en cuenta. Algunos de ellos son los siguientes:

1.     ¿Es el candidato propuesto para ser socio material?

Una de las claves del éxito de una empresa es que esté formada por personas que confíen y se respeten mutuamente, que tengan una visión compartida sobre el rumbo de la empresa, fuertes habilidades comerciales y algo de valor que aportar.

Los socios actuales deben considerar detenidamente si el nuevo socio encaja bien en su negocio y qué es lo que podrá aportar.

También es importante que el candidato propuesto esté preparado para asumir las responsabilidades que conlleva ser socio y soportar las presiones a las que se enfrentará. 

¿Tiene ya la experiencia adecuada?  ¿O será necesario proporcionarle un periodo de formación, entrenamiento o tutoría?

2.     ¿Sigue siendo adecuado su acuerdo de asociación actual?

El acuerdo de asociación con el que se formó inicialmente la empresa debe ser revisado periódicamente, por lo que si se va adherir un nuevo socio a la empresa, es un momento ideal para hacerlo.

La empresa habrá evolucionado desde que se creó, y es importante que el acuerdo siga el ritmo de los avances.  Esto es especialmente cierto cuando se han hecho ajustes en la forma de gestionar la empresa, si se han adquirido o trasladado a nuevos locales por ejemplo.

También es posible que se hayan introducido cambios legales y reglamentarios desde que se redactó el acuerdo por primera vez, y una revisión exhaustiva llevada a cabo por un abogado los señalará y permitirá realizar cualquier actualización necesaria.

3.     ¿El nuevo socio hará una aportación de capital?

Si se espera que el nuevo socio aporte capital a la empresa, hay que pensar en cómo y cuándo se va a realizar el pago.

Por ejemplo, ¿se espera recibir un pago único en el momento de admisión del nuevo socio? ¿O le parece bien recibir varios pagos a lo largo de un periodo de tiempo fijo, ya sea con fondos privados o introducidos a través del acuerdo del nuevo socio de recibir dibujos reducidos durante un número determinado de años?

También hay que preguntar al nuevo socio de dónde saldrá el dinero para su aportación de capital.

En caso de que se prevea la concesión de un préstamo, habrá que discutir si se espera que la sociedad ofrezca algún tipo de garantía o incluso que suscriba un acuerdo de garantía.  También habrá que analizar las condiciones del préstamo para asegurarse de que las disposiciones que afectan a la sociedad son aceptables y pueden cumplirse.

4.     Acuerdos de reparto de beneficios

Si el nuevo socio tiene derecho a participar en los beneficios de la empresa, habrá que llegar a un acuerdo sobre el modo de hacerlo.

Por ejemplo, ¿es la práctica de su empresa pagar primero a todos los socios un salario base y luego tratar los fondos sobrantes como el beneficio disponible para su distribución, o se adopta un enfoque totalmente diferente?

Asimismo, ¿los beneficios disponibles se reparten a partes iguales entre los socios o se asignan en función de una proporción acordada?  Si es así, ¿esta proporción es fija o está sujeta a variaciones?

5.     Derechos y responsabilidades

Es necesario aclarar las obligaciones que asumirá el nuevo socio y los derechos y responsabilidades que conlleva su función.

Acordar desde el principio las expectativas de ambas partes, ahorrará mucho tiempo y problemas más adelante, especialmente si surge un desacuerdo.

Es especialmente importante que se aborde el grado de autoridad que tendrá el nuevo socio, las funciones de gestión que se espera que asuma, la medida en que se le gestionará y se revisará su rendimiento, así como los mecanismos establecidos para garantizar el cumplimiento de todos los términos pactados.

6.     Control

Es vital que la cuestión del control se aborde expresamente como parte de las negociaciones en torno a la admisión del nuevo socio.  Todos deben tener claro el grado de control que podrán ejercer y cómo se organizarán los derechos de voto en relación con las cuestiones operativas cotidianas y, lo que es más importante, en relación con las decisiones empresariales clave.

Muchas de las disputas entre socios que vemos se centran en desacuerdos sobre el control y en la capacidad de los socios individuales para ejercer su influencia cuando hay que decidir sobre cuestiones importantes o críticas.

7.     Documentación del nombramiento del nuevo socio

Se deberá documentar el nombramiento del nuevo socio, ya sea en un nuevo acuerdo de asociación o de un acta de adhesión o de admisión cuando el acuerdo de asociación existente siga vigente.

Toda la documentación debe ser preparada por un abogado para garantizar la exactitud y que los acuerdos alcanzados sean legalmente exigibles.

Si quieres que te asesoremos personalmente, llamános sin compromiso al 876 01 28 60.

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